Residencia en españa

Solicite la residencia/tarjeta verde en España hoy

Este servicio es para titulares de pasaportes de la UE que ya tienen un NIE Numerar o cumplir los criterios de residencia española.

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Una vez que tengas tu NIE Número que puede solicitar para la residencia

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Esto incluye la reserva de su estación de policía, la documentación relevante para su solicitud y una consulta telefónica sobre la evidencia exacta que necesitará para solicitar la residencia / certificado de la UE. También le daremos consejos sobre seguros de salud y otros requisitos que puede necesitar o no para solicitar su residencia. (asesoramiento basado en la información actual que tenemos, la policía puede cambiar esto en cualquier momento)

Tenga en cuenta que la residencia se emite a la sola discreción de la policía española. Reservaremos su cita y le proporcionaremos su documentación, pero es su responsabilidad proporcionar la otra prueba, como prueba de fondos, seguro de salud privado, etc.

Nuestro experto asesor de residencia lo guiará a través del proceso para que tenga todo listo a tiempo.

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Por favor complete el siguiente formulario asegurándose de que todos los campos estén completos. Una vez que haya enviado su información, utilice el enlace de pago a continuación y nuestro experto en residencia se comunicará con 24hrs:

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    Información sobre la residencia en España. Una vez que tenga su NIE Número

    La información técnica…. Nuestro asesor de residencia te explicará todo esto en un formato más sencillo. Haga clic aquí para leer el último consejo para Autoridad Británica nacionales que viven en España

    En el 28 de marzo, 2007 un Real Decreto español (240 / 07) exigió que todos los ciudadanos de la UE que planean quedarse en España por más de 3 meses se registren personalmente en la Oficina de Extranjeros en su provincia de residencia o en la Policía designada estaciones

    Una vez que tengas tu NIE Número que puedes solicitar para la residencia en España

    Cuando se registre, se le emitirá un Certificado de Residencia del tamaño de una tarjeta de crédito con su nombre, dirección, nacionalidad, NIE (Número de Identificación Extranjero) y su fecha de registro como residente

    Para esto necesitarás

    Para la residencia/tarjeta verde que necesitará.

    Un contrato de arrendamiento de más de 6 meses o un certificado de padrón del ayuntamiento *idealmente ambos

    además, tampoco

    Un contrato de trabajo a jornada completa pagando impuestos y seguridad social en España

    Or

    Seguro médico privado español vigente pagado un año por adelantado más comprobante de fondos de 7k euros.

    El seguro de salud español debe ser de un tipo determinado que sea equivalente al servicio nacional de salud español. debe ser totalmente compresible y pagarse un año por adelantado sin copagos. El tipo que venden los bancos no es apto para residencia. La empresa que recomendamos es ASSSA y su representante local es Anna Perez. Su teléfono de contacto es 608042176 email denia@asssa.es Esta empresa vende la póliza correcta para la residencia.

    Idealmente, el certificado de prueba de fondos debe ser un certificado de prueba de saldo sellado.


    Después de que haya estado registrado como residente durante cinco años, puede solicitar un certificado de residencia permanente en España. Se le emitirá un Certificado de Residencia de tamaño de tarjeta de crédito similar, pero adicionalmente declarará que usted es un residente permanente (residente permanente).


    Nota: algunas personas aún tienen un Certificado de residencia de tamaño A4 en lugar del tamaño de una tarjeta de crédito. En estos casos, no es necesario volver a solicitar un tamaño de tarjeta de crédito uno a menos que cambien sus circunstancias (por ejemplo, su dirección), o a menos que querer.


    Puede hacer una cita para solicitar la residencia, o para mudarse a la residencia permanente aquí. Se pueden encontrar más detalles en el sitio web del Ministerio del Interior de España. La residencia está en España.

    Cambios en las regulaciones de residencia El 10 de julio de 2012, el gobierno español presentó detalles de los nuevos requisitos de residencia para todos los ciudadanos de la UE, incluidos los británicos. Según las nuevas normas, los ciudadanos de la UE que soliciten la residencia en España pueden estar obligados a presentar pruebas de los medios económicos suficientes para mantenerse a sí mismos (ya sus dependientes). También se puede pedir a los solicitantes que presenten un comprobante de seguro médico público o privado. Más detalles sobre el proceso de solicitud y la documentación que necesita están disponibles en el sitio web del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de España.

    La Orden Ministerial establece los nuevos requisitos de residencia y algunos de los documentos que los solicitantes deben presentar. Hemos creado una traducción no oficial de la Orden Ministerial a continuación.

    Requisitos de residencia: solo para información
    Esta es una traducción no oficial realizada por la Embajada británica * de las partes importantes de la Orden española 1490 de 9 July 2012, que establece las normas sobre la entrada, libre circulación y residencia en España de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea (UE) y europeos. Estados del área económica.

    Artículo 1: Derecho de residencia por un período superior a tres meses.
    Nacionales de:
    un estado miembro de la union europea
    Otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo
    Suiza tiene derecho a residir en España por un período superior a tres meses si cumple las condiciones establecidas en el artículo 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero de 2007, de entrada, libre circulación y residencia en España de los Nacionales de Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

    Artículo 2: Asistencia e inscripción en el Registro Central de Extranjeros
    Las solicitudes de registro como residentes por los nacionales mencionados en el Artículo 1 deberán cumplir con las disposiciones de las secciones 5 y 6 del Artículo 7 del Real Decreto 240 / 2007, de 16 February 2007.

    Las solicitudes se presentarán en persona en la Oficina de Inmigración de la provincia donde pretenden residir o en la Estación de Policía correspondiente.
    Si la solicitud de registro no cumple con los requisitos necesarios para ser procesada, la persona interesada deberá corregir cualquier falla o adjuntar los documentos obligatorios dentro de un período de diez días y se le informará que, si no lo hace, En este caso, se supondrá que ha abandonado su solicitud, por decisión motivada, que no agota el procedimiento administrativo y que puede ser apelada.

    El certificado se emitirá de inmediato, una vez confirmado el cumplimiento de los requisitos correspondientes. Este certificado proporcionará el nombre, la nacionalidad y la dirección de la persona registrada, su número de identidad nacional extranjero y la fecha de registro.

    Artículo 3: Documentación de respaldo.

    Todas las solicitudes de inscripción deben ir acompañadas.nieD Por el pasaporte o documento de identidad nacional del solicitante, que será válido y vigente. Si estos documentos han caducado, se debe presentar una copia de estos y la solicitud de renovación. Además, se requerirá la siguiente documentación, dependiendo de las circunstancias del solicitante:
    a) Los trabajadores empleados deben presentar una declaración en el sentido de que han sido contratados por el empleador o un certificado de empleo. Estos documentos deben incluir, como mínimo, los detalles del nombre y la dirección de la empresa, la identificación fiscal y el Número de Seguro Social del Empleador. Se aceptará la presentación de un contrato de empleo registrado con el Servicio Público de Empleo correspondiente o un documento de registro o situación similar al registro con el Sistema de Seguridad Social correspondiente, aunque no será necesario presentar estos documentos si la parte interesada acuerda tener su Detalles verificados en los archivos de la Oficina General de Finanzas de la Seguridad Social "Ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social"

    b) Los trabajadores por cuenta propia deben presentar evidencia en el sentido de que son trabajadores por cuenta propia. Se aceptará el registro en la Lista de Actividades Económicas "Censo de Actividades Económicas" o prueba de su establecimiento mediante el registro en el Registro Mercantil "Registro Mercantil" o un documento de registro o situación similar al registro en el Sistema de Seguridad Social correspondiente, aunque no será necesario presentar estos documentos si la persona interesada acepta que se verifiquen sus detalles con los archivos de la Oficina General de Finanzas de la Seguridad Social o de la Oficina de Impuestos "Ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Agencia Tributaria"

    c) Las personas que no trabajan en España deben presentar documentación que demuestre que cumplen con las siguientes dos condiciones:

    yo. Seguro de salud público o privado contratado en España o en otro país, siempre que garantice la cobertura en España durante su período de residencia equivalente a la cobertura provista por el Sistema Nacional de Salud. Se considerará que los jubilados cumplen con esta condición si pueden demostrar, mediante el certificado correspondiente, que tienen derecho a la atención médica pagada por el Estado desde el cual reciben su pensión.

    ii. tener recursos suficientes, para ellos mismos y para los miembros de su familia, para que no se conviertan en una carga para el sistema de asistencia social de España durante su período de residencia. La prueba de la posesión de recursos suficientes, ya sea de los ingresos regulares, incluidos los ingresos laborales o de otro tipo, o de la propiedad de los activos, se entregará mediante cualquier evidencia legalmente admisible, como escrituras de propiedad, cheques certificados, documentación que demuestre que los ingresos provenientes de Se recibe capital o tarjetas de crédito. En este último caso, se deberá presentar un certificado bancario actualizado que acredite el monto disponible a modo de crédito en la tarjeta mencionada anteriormente. La evaluación de recursos suficientes debe realizarse de forma individual, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares del solicitante. La posesión de recursos que excede la cantidad establecida cada año por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de la Ley Estatal de Presupuestos Generales que justifica el derecho a recibir beneficios no contributivos, teniendo en cuenta las circunstancias personales y familiares de las personas interesadas. Se considerará prueba suficiente para cumplir con este requisito.

    d) Los estudiantes, incluidos aquellos que toman cursos de formación profesional, deben presentar documentos que demuestren el cumplimiento de las siguientes condiciones:

    yo. Inscripción en un establecimiento público o privado, acreditado o financiado por la administración educativa competente

    ii. Seguro de salud público o privado contratado en España o en otro país, siempre que garantice una cobertura completa en España. Sin embargo, esta condición se considerará cumplida si el estudiante tiene una Tarjeta Europea de Seguro de Salud que es válida por un período que cubre todo el período de residencia y que le permite recibir, exclusivamente, la asistencia médica que sea necesaria de un médico. punto de vista, teniendo en cuenta la naturaleza de la asistencia y la duración prevista.

    iii. Declaración jurada de que cuenta con recursos suficientes para él y los miembros de su familia, para que no se conviertan en una carga para el sistema de asistencia social de España durante su período de residencia. La participación en programas de la Unión Europea que promueven intercambios educativos para estudiantes y profesores se considerará como prueba suficiente del cumplimiento de estos requisitos.
    Artículo 4: Aplicación del derecho a residir por un período de más de tres meses a miembros de la familia.

    Esta Orden también se aplicará a los miembros de la familia, tal como se establece en el Artículo 2 del Real Decreto 240 / 2007 de 16 de febrero 2007, que son nacionales de un Estado miembro de la UE o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza. , que reúnan o acompañen a un nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza.

    En el caso de los estudiantes, que son ciudadanos de un Estado miembro de la UE o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, el derecho de residencia por un período de más de tres meses solo se aplicará, independientemente de su nacionalidad , a su cónyuge o pareja de hecho registrada en un registro público en los términos establecidos en el Artículo 2 del Real Decreto 240 / 2007, de 16 February 2007 e hijos dependientes, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la letra d) de la sección 2 del artículo 3 de esta Orden.
    En otros casos, el derecho de residencia también se extenderá al cónyuge o pareja de hecho inscrita en un registro público, a sus descendientes directos y a los de su cónyuge o pareja registrada, que tengan menos de 21 años de edad o sean discapacitados o mayores de esta edad y dependientes de ellos y también del ascendente directo y de los cónyuges o parejas registradas que dependen de ellos, cuando no son nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y acompañan al nacional de una Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza o reunirse con él en el Estado español, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en las letras a), b) oc) de la sección 2 de Se cumplen los artículos 3 de esta Orden.

    Los familiares que sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y de Suiza, que figuran en las secciones 1, 2 y 3 de este artículo, deben solicitar el registro en la Central Registro de extranjeros de conformidad con lo dispuesto en la presente Orden. Los familiares que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o de otro Estado parte del Acuerdo sobre el Estado Económico Europeo y de Suiza, establecidos en los Artículos 2 y 3 de este Artículo, deben solicitar una tarjeta de residencia. emitido para un miembro de la familia de un nacional de la Unión, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 del Real Decreto 240 / 2007, de 16 February 2007.

    Disposición Provisional Única.
    Esta Orden se aplicará a las solicitudes presentadas después de 24 April 2012.
    Disposición final primera: Título de la competencia
    Esta Orden Ministerial se aprueba de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149.1.2 de la Constitución española, que otorga al Estado la jurisdicción exclusiva en materia de nacionalidad, inmigración, emigración, asuntos exteriores y derecho de asilo.
    Disposición final segunda: entrada en vigor
    Esta Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado". (10 July 2012)

    * Esta traducción es proporcionada por la Embajada británica con la intención de ayudar a los ciudadanos de habla inglesa de la UE a comprender los nuevos requisitos de residencia. La Embajada británica no puede responsabilizarse por errores o diferencias entre esta y cualquier futura traducción oficial, ni por cualquier inconveniente.nieCosto o gasto ocasionado por cualquier error o diferencia.
    Miembros de la familia no pertenecientes a la UE. También existe una disposición para que los miembros de la familia que no pertenecen a la UE, que han ingresado con pasaportes y visas válidos (donde sea necesario), residan con ciudadanos de la UE, siempre que se registren en persona en la Oficina de Extranjeros o en las estaciones de policía designadas dentro de 3 meses de ingreso . Se les expedirán las Tarjetas de residencia para familiares de ciudadanos de la UE. Se requerirán documentos adicionales.
    Inscribiéndose en el padrón.
    El padrón es una lista de todas las personas que viven en un pueblo determinado. Empadronarse es el acto de registrarse en esta lista con su ayuntamiento local.

    ¿Quién debe registrarse?

    Es obligatorio por ley española registrarse en el padrón en el Ayuntamiento donde reside habitualmente, pero muchos expatriados británicos todavía no lo han hecho. Tal vez algunos vean el padrón como un medio de vigilancia por parte del estado, en la forma de 'hermano mayor'. Sin embargo, en realidad, es simplemente una forma de que el ayuntamiento sepa cuántas personas viven en su área, sin entrar en investigaciones sobre el estado de residencia oficial o asuntos financieros de una persona.

    Como te registras

    No tiene que ser propietario de su casa para registrarse, solo tiene una dirección donde vive habitualmente, sin importar si usted es el propietario, alquila o vive con familiares o amigos. El registro tampoco es un proceso de registro largo y prolongado. Simplemente vaya a la oficina de padrón de su ayuntamiento y rellene el formulario que proporcionan. Lleve consigo una identificación oficial, como un pasaporte, y también su NIE o certificado / tarjeta de residencia, una factura de servicios públicos reciente a su nombre y las escrituras de su casa o una copia de su contrato de alquiler. Aunque es posible que tenga que volver para recoger su certificado, el registro real se completa todo el mismo día. Algunos ayuntamientos en las Islas Baleares cobran una pequeña cantidad por emitir un "Certificado de empadronamiento" (por ejemplo, 1.20 euros en Palma de Mallorca).
    Beneficios del registro de padrón.
    Una vez que haya completado el proceso simple, puede comenzar a disfrutar de todas las ventajas de estar en las ofertas de padrón, como:
    Mejores servicios públicos.

    El gobierno central asigna dinero a los diferentes municipios según la cantidad de personas que se encuentran en el padrón. Por lo tanto, si no está registrado, su ayuntamiento está perdiendo dinero para la provisión de centros de salud, oficiales de policía, bomberos y escuelas.

    Acceso a prestaciones y asistencia social.
    Debe estar en el padrón durante un cierto período de tiempo para acceder a algunos beneficios relacionados con los ingresos y otros aspectos de la atención social disponibles a través de los servicios sociales en su ayuntamiento.

    Una reducción de impuestos
    Dependiendo del ayuntamiento, la inscripción en el padrón podría significar reducciones en ciertos cargos de la comunidad y el impuesto a la herencia. Además, los que se encuentran en el padrón a menudo también pueden disfrutar de cursos con descuento, actividades recreativas y culturales organizadas por el ayuntamiento.

    Viajes con descuento

    Un 'Cerificado de Empadronamiento' actual puede permitir a los residentes de islas españolas recibir descuentos de hasta 50% en tarifas aéreas y boletos de ferry entre las islas y el continente.

    Derecho al voto

    Para poder votar en las elecciones locales, también debe registrarse en el registro de elecciones locales. Puedes hacer esto en la misma oficina donde te registras en el padrón completando un formulario simple. Algunos ayuntamientos, pero no todos, le preguntarán si desea registrarse para votar cuando se registre en el padrón.

    Una vez que se haya registrado para votar una vez, el registro es permanente y no tiene que renovarlo. Sin embargo, si se ha caído del padrón debido a una verificación de estado de padrón, también deberá volver a registrarse para votar.

    Si no está seguro de si está o no registrado para votar en las elecciones locales, puede preguntar en la oficina de padrón en su ayuntamiento local.
    Una vida mas facil
    Encontrarás que necesitas tu certificado de padrón para realizar diversas tareas administrativas, como matricularte en la asistencia sanitaria, matricular tu coche con matrícula española o matricular a tus hijos en la escuela. Puede encontrar más información en el sitio web de Residentes Europeos.

    Comprobaciones de estado de padrón.
    Artículo 7 del BOE de 24th de marzo 2015 establece que los ciudadanos de la UE ahora deben confirmar su estado de padrón cada dos o cinco años para permanecer registrados.

    Los ciudadanos británicos que tienen un Certificado de residencia serán contactados por su ayuntamiento cada cinco años a partir de la fecha en que se registren para confirmar que aún viven en la ciudad y desean permanecer en el padrón.

    Los ciudadanos británicos que no tienen un Certificado de residencia serán contactados por su ayuntamiento cada dos años a partir de la fecha en que se registren para confirmar que aún viven en la ciudad y desean permanecer en el padrón.

    Ya tengo un nie número pero necesita residencia

    Si el ayuntamiento no puede confirmar que usted todavía vive en su ciudad, se le retirará del registro de padrón. No es necesario que se comunique de forma proactiva con su ayuntamiento para confirmar su registro; Tu ayuntamiento te contactará.
    Sin embargo, si le preocupa su estado de padrón, puede ir a la oficina de padrón en el ayuntamiento de su localidad en cualquier momento para verificar que aún está registrado y pedirle que confirme su estado de padrón.

    Para ciertos servicios (por ejemplo, servicios sociales) se le puede solicitar que muestre un certificado de padrón reciente que tenga menos de 3 meses. Puedes obtenerlo en la oficina de tu ayuntamiento padrón.

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